PARQUE NATURAL
El Parque Natural Marítimo-Terrestre Cabo de Gata – Níjar, se localiza en el extremo más suroriental de la Península Ibérica, en la provincia de Almería, ocupando terrenos de los términos municipales de Almería, Carboneras y Níjar. Se declata inicialmente mediante el Decreto 314/1987 de 23 de diciembre, por la Junta de Andalucía, aplicando sus medidas de protección a una extensión de 26.000 ha terrestres y 12.117 marítimas. Posteriormente fue objeto de una ampliación por la Ley 2/1982 de 18 de julio, mediante la cual se alcanzan las 37.513 ha protegidas en la zona terrestre. Posteriormente, en 1997, este espacio se declara Reserva de la Biosfera.
RECURSOS FISICOS PARA CONOCER EL PARQUE
TEXTOS DEL PARQUE Podrá obtenr informacion sobre la formación del Parque Natural Cabo de Gata-Nijar
CENTRO DE VISITANTES LAS AMOLADERAS En el centro encontrá mediante sus salas interactivas y de proyecciones más información sobre el Parque de Cabo de Gata.
MÁS INFORMACIÓN DEL PARQUE
- Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA), octubre de 1989
- Las Salinas de Cabo de Gata se incluyen en el Convenio RAMSAR, mayo de 1990
- Su principal zona estepárica, Las Amoladeras, es Refugio de Caza, desde 1989
- Pertenece a la Red Europea de Geoparques desde Junio de 2001
- Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM) desde octubre de 2001
Los grados de protección que se establecen en el Parque Natural Cabo de Gata – Níjar son los siguientes (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque)
Zonas de Protección de Grado A.- Ecosistemas de excepcionales valores naturalísticos, científicos, culturales y paisajísticos, orientados, preferentemente hacia la conservación, la investigación científica y la práctica didáctica. Se incluyen también áreas con actividades primarias que han dado lugar a ecosistemas naturalizados de interés, como las salinas. Se distinguen en este nivel de protección los denominados Ecosistemas Excepcionales Naturales y las Zonas Húmedas Antrópicas Permanentes.
Zonas de Protección de Grado B.- Áreas de indudables valores ecológicos, científicos, culturales y paisajísticos que presentan un cierto grado de transformación antrópica, resultado de aprovechamientos primarios compatibles, en su estado actual, con la preservación de los valores que se pretenden proteger. El Plan les otorga un grado de protección que permite compaginar los aprovechamientos tradicionales vigentes en dichas áreas con su conservación.
Zonas de Protección de Grado C.- Espacios que presentan formaciones naturales o seminaturales de interés general, cuyas singularidades específicas no precisan para su protección ser incluidas en alguna de las categorías anteriores. Se incluyen en este nivel de protección dos áreas bien diferenciadas:
Subzonas C.1. Áreas naturales de Interés General: Espacios que contienen formaciones vegetales naturales y cultivos abandonados en proceso de regeneración natural, cuyas singularidades no precisan protección específica.
Subzonas C.2. Áreas de Cultivos Tradicionales: Espacios agrarios tradicionales de secano y pequeñas huertas. Son tierras que, junto a su aprovechamiento productivo, aportan riqueza y diversidad al paisaje, albergan singulares recursos florísticos y soportan una importante biocenosis animal.
Zonas de Protección de Grado D.- Espacios que carecen de un interés ambiental específico para ser incluidos en alguna de las categorías anteriores, ya que se detectan significativas alteraciones de carácter antrópico.
Subzonas D.1. Áreas Urbanas
Subzonas D.2. Áreas Urbanizables
Subzonas D.3. Áreas de Agricultura Intensiva
Subzonas D.4. Áreas de Explotación Minera
Subzonas D.5. Áreas Habitadas preexistentes
Zonas de Protección de Grado A.- Se otorga esta calificación a aquellos espacios mejor conservados tanto en la estructura de los fondos como en sus condiciones ecológicas.
Zonas de Protección de Grado B.- Se conciben como el espacio que sirve de amortiguación de usos y actividades potencialmente agresores sobre las áreas de mayor valor ecológico, siendo la regulación de usos y actividades que se realiza bastante estricta, aunque admitiendo todas aquellas actividades relacionadas con la educación ambiental, el uso turístico-recreativo e incluso la regeneración piscícola del área.
Copyright © 2007. cabodegata-nijar.com - Todos los derechos reservados.